El empleador o
contratante debe establecer por escrito una política de Seguridad y Salud en el
Trabajo - SST que debe ser parte de las políticas de gestión de la empresa, con
alcance sobre todos, sus centros de trabajo y todos sus trabajadores,
independiente de su forma de, contratación o vinculación, incluyendo los
contratistas y subcontratistas. Esta política debe ser comunicada al Comité
Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda de
conformidad con la normatividad vigente.
* Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles
* Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del Sistema de gestión la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST en la empresas.
*Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.
* Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles
* Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del Sistema de gestión la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST en la empresas.
*Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.
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